Requisitos y Condiciones - Autonomo Desempleo |
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Los autónomos que cesen su actividad no cobran la misma prestación por desempleo que los trabajadores por cuenta ajena. Existe un sistema específico que se encarga de la protección en este tipo de situaciones.
La prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos pueden cobrarla las siguientes personas:
Requisitos:
Dónde y cómo se presenta la solicitud:
La solicitud de prestación de desempleo para autónomos se realiza ante la Mutua correspondiente, ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE, antes INEM, Instituto Nacional de Empleo) o ante el Instituto Social de la Marina, según el organismo con el que se tenga cubierta la contingencia.
Se podrá realizar la petición de subsidio para autónomos hasta el último día del mes siguiente al que se terminó la actividad.
Por cuánto tiempo se puede cobrar el paro de autónomos:
La prestación se puede recibir durante el periodo de tiempo indicado en la siguiente tabla, el cual depende del tiempo cotizado:
Meses cotizados |
Duración (menores de 60 años) |
Duración (mayores de 60 años) |
De 12 a 17 meses |
2 meses |
2 meses |
De 18 a 23 meses |
3 meses |
4 meses |
De 24 a 29 meses |
4 meses |
6 meses |
De 30 a 35 meses |
5 meses |
8 meses |
De 36 a 42 meses |
6 meses |
10 meses |
De 43 a 47 meses |
8 meses |
12 meses |
48 meses o más |
12 meses |
12 meses |
Cuál es la cuantía del subsidio para autónomos:
La cuantía de la prestación que se cobra es el 70% de la base reguladora, la cual es el promedio de las bases por las que se hubiera cotizado durante los 12 meses anteriores al paro.
El subsidio máximo será 1,75 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), excepto cuando se tenga uno o más hijos a cargo, que sería 2 y 2,25 veces respectivamente.
La cuantía mínima oscila entre el 80% y el 107% del IPREM, según se tenga o no hijos a cargo.